La experiencia de Pakistán con el «régimen de excepción» abarca tres figuras jurídicamente distintas que no deben confundirse: la ley marcial extraconstitucional, las proclamaciones constitucionales del estado de emergencia y el gobierno del gobernador en una provincia.
Tomas militares del poder y emergencias extraconstitucionales: en 1953 se impuso una ley marcial de alcance limitado en Lahore durante los disturbios contra los ahmadíes. En octubre de 1958, Iskander Mirza abrogó la Constitución de 1956 e impuso la ley marcial, tras lo cual Ayub Khan asumió el poder. En marzo de 1969, Yahya Khan abrogó la Constitución de 1962 e impuso la ley marcial. En julio de 1977, el general Zia-ul-Haq tomó el poder y dejó en suspenso la Constitución de 1973, y en octubre de 1999 el general Pervez Musharraf hizo lo mismo. El 3 de noviembre de 2007, Musharraf, en su calidad de jefe del Estado Mayor del Ejército, proclamó el estado de emergencia y dictó una Orden Constitucional Provisional; el Tribunal Supremo declaró la inconstitucionalidad de ambas medidas en Sindh High Court Bar Association v. Federation of Pakistan, PLD 2009 SC 879.
Emergencias constitucionales: se proclamó el estado de emergencia durante las guerras de 1965 y 1971. El 28 de mayo de 1998, tras los ensayos nucleares, se emitió otra proclamación en virtud del artículo 232 de la Constitución de 1973, junto con una orden que suspendía la tutela judicial de determinados derechos fundamentales. El Tribunal Supremo examinó la proclamación de 1998 en Farooq Ahmed Khan Leghari v. Federation of Pakistan, PLD 1999 SC 57.
Gobierno del gobernador: el gobierno federal directo a través del gobernador de una provincia se ha impuesto bajo la Constitución de 1973 tanto en virtud del artículo 234 como, mientras estaba en vigor un estado de emergencia, en virtud del artículo 232. Entre los ejemplos figuran la entonces Provincia de la Frontera del Noroeste (1975 y 1994), Sind (1998), Punyab (2009, después de que el Tribunal Supremo inhabilitara al ministro principal) y Baluchistán (2013, tras los atentados de Quetta). Hubo casos anteriores en Punyab (1949) y Sind (1951) en virtud de la Ley del Gobierno de la India de 1935, en su versión adaptada, y en Baluchistán (1973) en virtud de la Constitución Provisional. El 11 de octubre de 2026 se proclamaron en Jaiber Pastunjuá el estado de emergencia en virtud del artículo 232 y el gobierno del gobernador en virtud del artículo 234.
Constitución de Pakistán — Parte X (Disposiciones de emergencia)



