Artículos 22-A y 22-B del CrPC: facultades del juez de paz ex officio en Pakistán

Artículos 22-A y 22-B del CrPC: facultades del juez de paz en Pakistán

Cuando la policía se niega a registrar una causa penal, incumple sus deberes o lleva a cabo una investigación de manera injusta, la persona perjudicada puede solicitar protección ante un juez de paz ex officio. Los artículos 22-A y 22-B del Código de Procedimiento Penal de 1898 («CrPC») forman parte de este marco y ofrecen un mecanismo accesible frente a la inacción y la conducta indebida de la policía. Sin embargo, estas disposiciones no crean una alternativa al juicio penal ni confieren una autoridad ilimitada sobre las investigaciones policiales. [1]

Al decidir qué vía utilizar, es esencial distinguir entre las facultades del artículo 22-A, los deberes del artículo 22-B y la competencia de los tribunales penales ordinarios.

¿Quién es el juez de paz ex officio?

El artículo 25 del CrPC establece que los jueces de sesión (Sessions Judges) y, previa designación por estos, los jueces de sesión adicionales son jueces de paz ex officio en todo el distrito en el que prestan servicio. La expresión ex officio significa que la autoridad deriva del cargo correspondiente, sin perjuicio del requisito de designación aplicable a los jueces adicionales. Esta condición es distinta del nombramiento de jueces de paz por el Gobierno provincial conforme al artículo 22. [2]

Por tanto, la solicitud debe presentarse ante el órgano competente del distrito correspondiente. Un juez no adquiere la competencia del artículo 22-A por el mero hecho de presidir un tribunal penal o especial: debe contar con la habilitación legal necesaria. [2]

Las tres facultades principales del artículo 22-A(6)

Aunque habitualmente se habla de solicitudes conforme a los «artículos 22-A y 22-B», la facultad específica de impartir instrucciones a las autoridades policiales se encuentra en el artículo 22-A(6). Abarca tres categorías de reclamaciones: la falta de registro de una causa penal; el traslado de una investigación de un agente de policía a otro; y la negligencia, el incumplimiento o el exceso de una autoridad policial en relación con sus funciones y deberes.

1. Instrucciones ante la falta de registro de un FIR

El artículo 22-A(6)(i) ofrece una vía de protección cuando la policía no registra una causa penal pese a recibir información que revela un delito de la categoría cognizable offence, es decir, susceptible de actuación policial directa.

Esta facultad debe interpretarse junto con el artículo 154 del CrPC, que regula el registro de información relativa a esa categoría de delitos. En Muhammad Bashir v. Station House Officer, Okara Cantt. and others (PLD 2007 SC 539), el Tribunal Supremo destacó la obligación policial de registrar el informe inicial de información o FIR. Las dudas sobre la veracidad definitiva de una alegación no justifican, por sí solas, negarse a registrar información que revele un delito de esa categoría: los hechos se examinan mediante la investigación. [3]

La distinción entre delitos de las categorías cognizable y non-cognizable sigue siendo importante. El artículo 22-A no permite exigir un FIR conforme al artículo 154 cuando la información solo revela un delito de la segunda categoría. En ese supuesto, se aplica el marco separado del artículo 155 del CrPC. [4]

No obstante, presentar una solicitud no otorga automáticamente el derecho a una orden de registro del FIR. En Munawar Alam Khan v. Qurban Ali Mallano and others (2024 SCMR 985), el Tribunal Supremo advirtió contra el uso abusivo de estas disposiciones y la emisión mecánica de órdenes de registro. El juez de paz debe examinar la solicitud y el material disponible sin convertir el procedimiento en un juicio. [5]

2. Instrucciones relativas al traslado de la investigación

El artículo 22-A(6)(ii) se refiere al traslado de una investigación de un agente de policía a otro. Resulta pertinente cuando el solicitante puede fundamentar sus dudas sobre la imparcialidad o el desarrollo adecuado de la investigación.

Su finalidad es garantizar una investigación conforme a la ley, no conseguir un investigador que respalde la versión de una parte concreta. Por ello, la solicitud debe identificar defectos específicos o circunstancias que requieran intervención, en lugar de limitarse a expresar descontento ante una novedad desfavorable. El Tribunal Superior de Sindh ha subrayado que la investigación y la nueva investigación sirven para descubrir pruebas y presentarlas ante el tribunal competente, no simplemente para satisfacer al denunciante. [6]

También importa la fase del procedimiento. Las cuestiones sobre una investigación adicional tras la presentación del informe policial exigen considerar cuidadosamente el expediente existente, la legislación aplicable y las actuaciones judiciales. El artículo 22-A no debe tratarse como una oportunidad ilimitada para reiniciar la investigación cada vez que una parte esté disconforme con el resultado. [6]

3. Instrucciones frente a la negligencia, el incumplimiento o el exceso policial

El artículo 22-A(6)(iii) va más allá del registro de un FIR. Autoriza instrucciones adecuadas sobre la negligencia, el incumplimiento o el exceso policial en el desempeño de funciones y deberes oficiales. La conexión esencial es con las responsabilidades legales de una autoridad policial.

Quien invoque esta disposición debe identificar el acto u omisión policial concreto, el deber afectado y la instrucción correctiva solicitada. Una denuncia de hostigamiento, por ejemplo, debe explicarse mediante incidentes identificables y no mediante una alegación general. La disposición permite exigir que la policía actúe conforme a la ley; no crea una potestad general para resolver controversias privadas ni para conceder inmunidad frente a actuaciones policiales legítimas. Ese límite resulta del ámbito expresamente definido del artículo 22-A(6).

¿Son facultades administrativas o judiciales?

El precedente principal es Younas Abbas and others v. Additional Sessions Judge, Chakwal and others (PLD 2016 SC 581). El Tribunal Supremo declaró que las funciones ejercidas conforme al artículo 22-A(6) son cuasijudiciales: el juez de paz examina el expediente, escucha a las partes, ejerce su criterio e imparte instrucciones mediante una valoración judicial razonada.

Esto distingue esas funciones de las responsabilidades ejecutivas, administrativas, preventivas y de mera ejecución reglada previstas en otras partes de los artículos 22-A y 22-B. La sentencia rechazó las anteriores caracterizaciones de las funciones del artículo 22-A(6) como meramente administrativas. Por tanto, se exige una decisión motivada, no la simple remisión rutinaria de una queja a la policía. [1]

¿Qué otras facultades contiene el artículo 22-A?

El artículo 22-A no se limita al apartado (6). Sus apartados anteriores regulan determinadas facultades de detención, la entrega inmediata de una persona detenida a la comisaría más cercana y la solicitud de ayuda policial para detener personas o prevenir delitos y alteraciones de la paz pública. Con sujeción a las normas provinciales, también contemplan la certificación de identidad, la verificación de documentos y su autenticación.

Estas disposiciones explican por qué sería inexacto afirmar que el juez de paz «carece por completo de facultades de detención». La distinción correcta es entre esas potestades legales conferidas separadamente y la función limitada de resolver una solicitud de instrucciones a la policía conforme al artículo 22-A(6).

¿Qué deberes impone el artículo 22-B?

El artículo 22-B establece deberes, no una facultad separada e ilimitada para ordenar el registro de un FIR.

Con sujeción a las normas provinciales, el juez de paz que recibe información sobre un delito o una alteración de la paz pública en su ámbito territorial debe realizar averiguaciones y comunicar el resultado por escrito al Magistrate (juez de primera instancia en la jerarquía penal pakistaní) y al responsable de comisaría más próximos. Cuando se trate de un delito de la categoría cognizable, la disposición también exige impedir alteraciones en el lugar de los hechos o la retirada de cualquier objeto.

Ante una solicitud escrita de un agente que investigue conforme al capítulo XIV, el juez de paz debe colaborar con la investigación y puede ser requerido para registrar la declaración de una persona que espera morir y respecto de la cual se cree que se ha cometido un delito. Estos deberes no convierten al juez de paz en el tribunal encargado del juicio. [7]

Límites importantes de la competencia

Un FIR no es una declaración de culpabilidad y la detención no es automática

El FIR inicia el procedimiento penal; no demuestra que las personas mencionadas hayan cometido el delito.

En Mst. Sughran Bibi v. The State (PLD 2018 SC 595), el Tribunal Supremo explicó que, por regla general, no debe detenerse a una persona simplemente porque su nombre figure en un FIR. La detención requiere una justificación suficiente conforme a la legislación y las normas aplicables. Por ello, una orden de registro del FIR no debe confundirse con una declaración de culpabilidad ni con una obligación automática de detener a todas las personas mencionadas. [8]

Una versión diferente no suele justificar un segundo FIR

Sughran Bibi también establece que las distintas versiones del mismo incidente deben investigarse normalmente dentro de la causa penal existente, registrando los relatos posteriores conforme al artículo 161 del CrPC, y no mediante FIR separados.

Por tanto, una solicitud del artículo 22-A debe revelar cualquier FIR existente sobre los hechos. La respuesta a una versión ignorada puede consistir en registrarla e investigarla correctamente, no en abrir otro FIR por el mero desacuerdo del solicitante con el relato del primer informante. [8]

El procedimiento penal no debe servir para ajustar cuentas personales

La solicitud penal debe referirse a un presunto delito, no funcionar como instrumento de presión en un conflicto personal. El Tribunal Superior de Sindh ha reiterado que los artículos 22-A y 22-B pretenden garantizar una actuación policial conforme a la ley, no facilitar el hostigamiento ni las venganzas particulares. [4]

La cuestión práctica no es únicamente si existe una controversia comercial o inmobiliaria entre las partes, sino si los hechos invocados revelan los elementos de un delito de la categoría cognizable. El contexto civil no resuelve por sí solo esa cuestión en uno u otro sentido: la denuncia debe evaluarse conforme a las exigencias del derecho penal. [3]

El juez de paz no puede asumir todas las facultades de un tribunal penal

La condición legal en la que actúa el juez es relevante. El artículo 22-A(6) no confiere por sí mismo facultades generales para conceder la libertad bajo fianza, condenar o absolver a una persona acusada, ni anular actuaciones penales. Esas medidas requieren su propio fundamento legal y el órgano competente. Que el mismo juez pueda ejercer otras potestades en una condición distinta no amplía esta competencia específica. [2]

Preparación de una solicitud conforme al artículo 22-A del CrPC

En las reclamaciones por falta de registro, es importante documentar las gestiones realizadas ante la policía. Al aplicar Younas Abbas, los tribunales han exigido material que acredite la presentación de una solicitud al responsable de la comisaría correspondiente y, ante su negativa o reticencia, el recurso a autoridades policiales superiores. Por ello, deben conservarse copias, acuses de recibo y respuestas. [5]

Un enfoque útil consiste en exponer una breve cronología, identificar la comisaría y el distrito, explicar el presunto delito o la deficiencia investigadora, revelar los procedimientos relacionados y precisar la instrucción solicitada. La documentación justificativa pertinente debe adjuntarse, no simplemente mencionarse. También debe preverse la presentación de observaciones policiales y la audiencia de las partes afectadas: decisiones recientes del Tribunal Superior de Sindh han destacado la importancia de esa oportunidad antes de ordenar el registro de un FIR. [5]

Es preferible una petición concreta a una solicitud indiscriminada que reclame simultáneamente registro, detención, una conclusión investigadora predeterminada y castigo.

Otras vías de protección e impugnación de una orden

La solicitud del artículo 22-A no es la única vía de acceso a la justicia penal. Puede estar disponible una denuncia privada conforme al artículo 200 del CrPC ante el Magistrate competente. Se trata de un procedimiento distinto, que comprende las alegaciones y pruebas del denunciante, y no de una simple petición de que se ordene a la policía registrar un FIR. [7]

Una orden del juez de paz ex officio también puede someterse al examen del Tribunal Superior mediante el procedimiento adecuado. El control judicial conforme al artículo 199 de la Constitución permite abordar órdenes jurídicamente defectuosas, pero no debe plantearse como una nueva audiencia ilimitada de todas las discrepancias fácticas. La vía disponible, su admisibilidad y los motivos de impugnación requieren un análisis independiente. [4]

Acceso a la justicia mediante la vía adecuada

El valor de este marco reside en el equilibrio que busca: una respuesta eficaz a la inacción policial sin convertir el procedimiento penal en un instrumento de presión. Para quien presenta la solicitud, el punto de partida más sólido es identificar claramente la infracción jurídica, documentar los antecedentes y pedir una medida comprendida en la potestad legal correspondiente.

El área de derecho penal de Legum en Karachi asesora y representa a denunciantes y personas acusadas, incluidas solicitudes del artículo 22-A, cuestiones de investigación, procedimientos de libertad bajo fianza y litigios penales. Elegir la vía correcta desde el principio ayuda a mantener el procedimiento centrado en la protección y la efectividad de los derechos.

Este artículo ofrece información general sobre el derecho pakistaní y no sustituye el asesoramiento sobre un caso concreto. Antes de iniciar actuaciones, deben examinarse las modificaciones provinciales aplicables, las leyes especiales y las circunstancias del asunto.

Referencias judiciales y recursos jurídicos

Los enlaces judiciales siguientes remiten a decisiones del Tribunal Superior de Sindh que respaldan el análisis. En ellas se examinan o aplican los precedentes del Tribunal Supremo citados en el artículo.

Los textos legales están disponibles en los recursos jurídicos de Legum.

  1. Funciones cuasijudiciales: Younas Abbas — PLD 2016 SC 581
  2. M/s. Shakarganj Limited and another v. Special Judge (Central-I), Karachi — 2026 SHC KHI 702
  3. Registro de FIR: Muhammad Bashir — PLD 2007 SC 539
  4. Límites del artículo 22-A, delitos non-cognizable y control judicial
  5. Munawar Alam Khan — 2024 SCMR 985; gestiones policiales y órdenes motivadas
  6. Traslado de la investigación, investigación adicional y procedimientos existentes
  7. Deberes del artículo 22-B y denuncias privadas del artículo 200
  8. Sughran Bibi — PLD 2018 SC 595: detención y versiones de un mismo incidente

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